
Aunque tradicionalmente España ha sido más propensa a comprar casa, en 2017 siguen aumentando los alquileres, a diferencia de 1997 cuando la decisión de comprar era lo más natural.
Por tanto, es bastante común el alquiler, y como todo lo que se refiere a vivienda, conlleva unos gastos que hay que tener en cuenta tras decidirse. Tanto si eres el arrendatario, como si eres arrendador, hay unos gastos que debes tener claros.
Si vas a alquilar, los primeros meses, tendrás unos gastos que equivaldrán más o menos a seis mensualidades. Aunque el margen de error es bastante grande, porque los pagos suelen variar mucho dependiendo de la negociación entre inquilino y propietario. Esta gestión puedes evitarla cuando decides contar una agencia o inmobiliaria.
Trámites y gastos en el alquiler de una vivienda.
Señal o Reserva
En casos en los que la vivienda tiene mucha demanda, es conveniente pagar una señal como reserva de la vivienda. Luego se descuenta de la primera mensualidad o se devuelve cuando hay un compromiso cerrado por medio de un contrato. Así aseguras que serás tú quien ocupará el piso o la casa.
Registro de la Propiedad
No es obligatorio, pero sí recomendable, acudir al Registro de la Propiedad y comprobar quien es el titular de la vivienda y en qué régimen se encuentra.
Gastos de Inmobiliaria
Cuando todos los trámites y gestiones las lleva a cabo una inmobiliaria, suele cobrarse una comisión al arrendatario o al arrendado. Normalmente la pagan a medias, otras el 100% corre a cuenta del inquilino o el propietario.
Fianza
Depende de cómo haya sido contratado el piso, pagarás una fianza al propietario o a la inmobiliaria. Debe depositarse en la entidad autonómica que corresponda. Aquí, en Cataluña debe depositarse en Incasòl.
Esta cantidad es devuelta cuando finaliza el contrato, si no se ha incumplido ninguna cláusula del contrato, y no se ha causado ningún desperfecto, daño o impago.
Aval
En algunos casos, el arrendatario decide pedir un aval bancario a su futuro inquilino. Es una manera de asegurarse que el inquilino pagará, o al menos, que tiene una fuente de ingresos para cubrir los gastos. Así puede hacer frente a posibles impagos.
Primera Mensualidad
Corresponde con la del mes en curso. El coste del alquiler no debe superar el 30% de tus ingresos brutos mensuales, para poder hacerle frente en cualquier contratiempo, y cumplir con todos los pagos.
Inscribir el Contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad.
No es obligatorio, pero es recomendable inscribir el contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad. Así te proteges ante la venta del edificio o de la vivienda misma.
Seguro de la Casa.
Tampoco es obligatorio, pero si interesante, asegurar el contenido de la casa. Seguramente el contrato del propietario solo cubra el continente, pero ese sí, es altamente recomendable para el arrendatario.
ITP.
Varia según la Comunidad Autónoma y se calcula según los años de contrato y precio del alquiler.
Suministros.
Los contadores de agua, luz y gas, deben cambiar el nombre del propietario por el del inquilino. A veces, se llegan a acuerdos entre propietario e inquilino y sigue al nombre del primero, aunque sea el inquilino quién los pague.
Mudanza.
En el caso de que necesites a una empresa externa para este servicio, tendrás que reservar un porcentaje de tu presupuesto para cubrirlo.
Reparaciones y desgaste.
Al ser propietario, siempre que se estropee cualquier electrodoméstico o haya cualquier problema relacionado con la casa y haya que hacer cualquier tipo de obra, el responsable de repararlo y pagarlo serás tu como dueño. En el alquiler, estos gastos son denominados “amortización del inmueble”, que puede utilizarse restándose al dinero obtenido por el arrendamiento al hacer la declaración de la renta, y es un 3% del valor catastral sin incluir el valor del suelo.
Esperamos que este post te haya sido informativo para tomar la decisión final de alquilar una vivienda o ser propietario. Si quieres, puedes consultar nuestra oferta de viviendas en alquiler, o si es tu caso, podemos asesorarte para alquilar un inmueble del que eres propietario. Llámanos al teléfono 936 11 08 27. En Finques Giramon siempre estamos dispuestos a darte la mejor solución.