
En Finques Giramon tenemos una larga experiencia en la administración y gestión de fincas en Barcelona. Por esta razón, vamos a explicarte con todo detalle, las ventajas de contar con un gestor especializado, que se dedique exclusivamente a este menester.
Sea una finca urbana o rural, ha de estar correctamente gestionada. Normalmente esta actividad suele realizarla el presidente la comunidad, sin embargo, es muy acertado el decidirse por contratar a un tercero para realizar la gestión de la finca. Las tareas administrativas se simplifican y ayudan a una convivencia más sana y evita conflictos vecinales, solventando los problemas que puedan producirse desde la raíz y de forma eficaz.
El gestor de fincas, es un profesional experto en administración y asesoría de bienes inmuebles. Se encarga con ello, de la administración de alquileres y gestión de comunidades. Una de las particularidades que les hace tan necesarios, es su obligación por mantenerse actualizados con nuevas legislaciones y la de estar colegiados.
Las funciones de un gestor de fincas son las siguientes:
- Velar por el buen régimen de la casa, las instalaciones y servicios, Haciendo las advertencias o apercibimientos oportunos a los titulares
- Preparar y someter a junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos Siempre concertada con la debida antelación.
- Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras, efectuando los pagos y realizando los cobros pertinentes.
- Actuar como secretario de la junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
- Custodiar la documentación del arrendador o comunidad.
- Expedir certificados de deuda o corriente de pago para una correcta reclamación judicial o transacción inmobiliaria.
- Rentabilizar y conservar los bienes inmuebles desde un punto de vista profesional. Para ello, cumpliendo las normativas vigentes, trata de centrar la atención en la consecución y el mantenimiento del buen estado de las instalaciones, observando y conservando los sistemas de seguridad, climatización, electricidad y servicios de protección contra incendios.
- Preservar los derechos de nuevos inquilinos: Debe garantizar que el inmueble sea habitable; y, salvaguardar los derechos del propietario: Debe asegurarse de encontrar al inquilino adecuado y hacerse cargo de la formalización del contrato y todos trámites que se consideren: depósito de fianza, cobros y actualizaciones de rentas, gastos anexos a la finca y controlar que los cobros se realicen de manera puntual.
- Asesorar para sanar o reducir los conflictos que puedan producirse entre la comunidad y los propietarios. Facilitar e informar de las adaptaciones a nuevas normativas.
- Mediar para buscar soluciones que beneficien a ambas partes, en los conflictos que surjan entre comunidades y propietarios.
En España, no existe una formación oficial específica para desarrollar esta actividad. Por tanto, el cargo de administrador, gestor, o secretario administrador, podrá ser ejercido por cualquier propietario. También, por cualquier persona física con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones. O, recaerá en organizaciones y otras personas jurídicas establecidas en los términos del ordenamiento jurídico.